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Brechas entre normativa y práctica en la protección
de trabajadores migratorios en Ecuador
Gaps between regulations and practice in the protection of migrant
workers in Ecuador
Jerez-Granados, Jorge Luis
1
https://orcid.org/0009-0009-7093-2421
jerezgranados@hotmail.com
Investigador Independiente, Ecuador.
Autor de correspondencia
1
DOI / URL: https://doi.org/10.55813/gaea/rcym/v4/n1/127
Resumen: En Ecuador persisten brechas entre un marco
jurídico garantista y su implementación efectiva en la
protección laboral de personas migrantes. Este estudio
analiza dicha brecha al comparar los estándares
constitucionales, legales e internacionales con prácticas
institucionales y experiencias reportadas por trabajadores
migratorios. Se empleó un enfoque mixto con diseño no
experimental y corte transversal; se aplicó una encuesta de
doce ítems tipo Likert a quince trabajadores migratorios y
se realizaron tres entrevistas semiestructuradas,
complementadas con revisión documental. El cuestionario
alcanzó una consistencia interna adecuada, con un alfa de
Cronbach de 0,845. Los resultados muestran que el 53,3
por ciento no percibe protección legal suficiente, el 60,0 por
ciento reporta información insuficiente sobre derechos y
obligaciones, y el 66,7 por ciento considera inadecuada la
respuesta institucional ante discriminación laboral. Estos
hallazgos evidencian una brecha de implementación
vinculada a déficits de información, canales de denuncia
poco accesibles y capacidades limitadas de inspección,
acentuadas por factores sociolaborales que restringen la
exigibilidad real de derechos. Se concluye que fortalecer
sistemas de información, vías efectivas de denuncia,
capacidad inspectiva y mecanismos de reparación, junto
con acciones de integración laboral, es indispensable para
traducir los estándares normativos en protección efectiva.
Palabras clave: trabajadores migratorios; protección
laboral; brecha normativapráctica; exigibilidad de
derechos; Ecuador.
Artículo Científico
Received: 30/Nov/2025
Accepted: 20/Dic/2025
Published: 11/Ene/2026
Cita: Jerez-Granados, J. L. (2026). Brechas
entre normativa y práctica en la protección de
trabajadores migratorios en Ecuador. Revista
Científica Ciencia Y Método, 4(1), 14-
34. https://doi.org/10.55813/gaea/rcym/v4/n1/
127
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Artículo Científico
Abstract:
In Ecuador, gaps persist between a legal framework that guarantees rights and its
effective implementation in the labor protection of migrants. This study analyzes this
gap by comparing constitutional, legal, and international standards with institutional
practices and experiences reported by migrant workers. A mixed approach with a non-
experimental, cross-sectional design was used; a twelve-item Likert-type survey was
administered to fifteen migrant workers and three semi-structured interviews were
conducted, supplemented by a document review. The questionnaire achieved
adequate internal consistency, with a Cronbach's alpha of 0.845. The results show that
53.3 percent do not perceive sufficient legal protection, 60.0 percent report insufficient
information on rights and obligations, and 66.7 percent consider the institutional
response to labor discrimination to be inadequate. These findings reveal an
implementation gap linked to information deficits, inaccessible reporting channels, and
limited inspection capacities, accentuated by socio-labor factors that restrict the actual
enforceability of rights. It is concluded that strengthening information systems, effective
reporting channels, inspection capacity, and redress mechanisms, together with labor
integration actions, is essential to translate regulatory standards into effective
protection.
Keywords: migrant workers; labor protection; regulatory-practice gap; enforceability
of rights; Ecuador.
1. Introducción
La movilidad humana en América Latina se ha intensificado en la última década y, con
ello, han emergido tensiones persistentes entre el reconocimiento formal de derechos
y su efectivización cotidiana en el trabajo. En Ecuador, país que ha recibido flujos
significativos de personas migrantes incluida población venezolana, el empleo se
convierte en el principal espacio de integración, pero también en un terreno de
exposición a precariedad, abuso y discriminación, especialmente cuando la inserción
ocurre en segmentos informales o de baja protección (Olivieri et al., 2021). En este
escenario, la unidad de análisis de este estudio se delimita en trabajadores migratorios
en Ecuador, entendidos como personas que realizan actividades remuneradas en el
país de acogida bajo condiciones heterogéneas de regularidad y formalización
(Naciones Unidas, 1990).
En este contexto, el marco jurídico ecuatoriano se presenta, al menos en el plano
normativo, como particularmente garantista: la Constitución reconoce un Estado de
derechos y justicia y consagra principios de igualdad y no discriminación (Asamblea
Nacional del Ecuador, 2008), mientras que la Ley Orgánica de Movilidad Humana
declara la portabilidad de derechos con independencia de la condición migratoria y
prohíbe la criminalización por movilidad humana (Asamblea Nacional del Ecuador,
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Artículo Científico
2017). Además, el estándar internacional expresado en la Convención sobre
trabajadores migratorios refuerza obligaciones estatales de protección integral
durante todo el proceso migratorio, incluyendo el periodo de empleo (Naciones
Unidas, 1990). Sin embargo, la sola densidad normativa no garantiza resultados si los
mecanismos institucionales, la inspección, la denuncia y el acceso a justicia no operan
con eficacia.
Asimismo, la brecha entre norma y práctica se vuelve más probable cuando convergen
factores estructurales del mercado laboral: alta informalidad, segmentación
ocupacional, sobrecualificación y barreras para reconocer credenciales, además de
restricciones administrativas que empujan a aceptar trabajos por debajo de
habilidades y sin contrato (Olivieri et al., 2021; Díaz-Sánchez & Correa, 2024). A ello
se suman asimetrías de poder en la relación laboral y la dependencia económica
inmediata, condiciones que reducen la capacidad real de negociación y dificultan el
ejercicio de derechos aun cuando estos existan en el papel (Organización
Internacional del Trabajo [OIT], 2010). Si este conjunto de factores no se aborda, la
precarización tiende a consolidarse como “normalidad” para grupos enteros,
reproduciendo desigualdad y debilitando la cohesión social.
De igual manera, las afectaciones exceden lo estrictamente jurídico y se proyectan en
impactos sociales, económicos e incluso sanitarios. La evidencia regional muestra que
la informalidad y el empleo precario se asocian con deterioro del bienestar y mayores
riesgos para la salud, particularmente en contextos donde la protección social está
condicionada por la formalidad (Utzet et al., 2021). En la misma línea, se ha propuesto
que el empleo informal funciona como determinante fundamental de salud mental en
América Latina y el Caribe, tanto por inseguridad de ingresos como por exposición a
violencia, estrés crónico y ausencia de redes de protección (Merino-Salazar et al.,
2023). Por tanto, sostener una arquitectura normativa sin garantías efectivas de
implementación no solo perpetúa vulneraciones laborales, sino que amplifica costos
sociales y de salud pública.
No obstante, la literatura sobre migración en la región no siempre ha priorizado el
análisis fino de la implementación cotidiana de derechos laborales en el país de
acogida. Una revisión crítica reciente identifica sesgos en los enfoques predominantes
con énfasis frecuente en diseño normativo, regularización y respuestas macro de
política pública y subraya vacíos en estudios que conecten legislación con resultados
institucionales y experiencias concretas, especialmente en países menos cubiertos
por la investigación comparada (Fernández-Rodríguez & Freier, 2024). En Ecuador,
parte de la evidencia se concentra en inserción laboral, calidad del empleo y efectos
agregados, pero con menor desarrollo de análisis sobre cómo operan (o fallan) los
canales de denuncia, inspección y reparación en casos de vulneración (Díaz-Sánchez
& Correa, 2024; Olivieri et al., 2021). Esta omisión importa porque la eficacia del
derecho depende de su capacidad de transformar relaciones asimétricas en el trabajo,
no solo de declararlas.
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Artículo Científico
En consecuencia, también persisten resultados y lecturas parcialmente inconsistentes
sobre los motores inmediatos de exclusión laboral, en especial cuando se incorporan
dimensiones sociopolíticas como estigmatización, seguridad y competencia por
recursos. En Ecuador, se ha documentado que los imaginarios de “invasión” e
“inseguridad” y las respuestas securitistas pueden alimentar rechazo social hacia
población venezolana, con efectos indirectos sobre oportunidades económicas y
condiciones de trabajo, particularmente en el comercio informal (Célleri, 2023). Sin
embargo, estos enfoques —aunque esclarecedores— suelen dialogar poco con el
campo jurídico-laboral en sentido estricto: qué ocurre cuando un trabajador migrante
intenta activar mecanismos formales de protección, qué barreras enfrenta en
instituciones, y cómo se produce la traducción (o distorsión) del estándar normativo
en decisiones y prácticas administrativas.
Por consiguiente, el presente artículo se inscribe en ese punto ciego articulando
evidencia empírica y análisis normativo desde la tesis base del estudio. En dicha
investigación, a partir de una encuesta aplicada a 15 trabajadores migratorios y
entrevistas a tres participantes, se observaron percepciones reiteradas de
desprotección y baja eficacia institucional (Jerez & Mera, 2024). En términos
concretos, s de la mitad manifestó desacuerdo con la idea de que en Ecuador
exista protección legal adecuada de sus derechos (53,3%), y una proporción similar
consideró insuficiente la información recibida sobre derechos y obligaciones en el país
de acogida (60,0%) (Jerez & Mera, 2024). Además, dos tercios reportaron que las
autoridades no responden de manera adecuada ante quejas de discriminación laboral
(66,7%), lo que sugiere una distancia entre garantías formales y experiencia de
acceso real a protección (Jerez & Mera, 2024).
En este marco, el vacío analítico no radica únicamente en “más norma” o “más
política”, sino en comprender la cadena de implementación: cómo los derechos
reconocidos se convierten (o no) en procedimientos accesibles, respuestas oportunas
y reparaciones efectivas. Desde un enfoque de derechos, la OIT ha insistido en que
la protección de trabajadores migrantes requiere gobernanza y regulación que hagan
tangibles los estándares, superando la mera proclamación (OIT, 2010). Además,
instrumentos regionales recientes enfatizan desafíos persistentes de protección y
gobernanza migratoria en América Latina y el Caribe, lo que refuerza la pertinencia de
analizar la efectividad real de la institucionalidad en escenarios nacionales concretos
(OIT, 2023). Bajo esta lógica, la viabilidad del estudio se sostiene en el acceso a
normativa pública, documentos institucionales y testimonios obtenibles mediante
participación voluntaria, con resguardos éticos básicos de confidencialidad y no
revictimización.
Así, el propósito del trabajo se orienta a precisar la brecha entre normativa y práctica
en la protección de trabajadores migratorios en Ecuador, conectando compromisos
jurídicos con evidencia sobre su operación efectiva. En términos de diseño, se plantea
como objetivo general analizar las brechas entre el marco normativo vigente y las
prácticas institucionales y laborales que condicionan la protección de trabajadores
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Artículo Científico
migratorios en Ecuador. A partir de ello, se proponen tres objetivos específicos:
describir los principales estándares jurídicos aplicables (constitucionales, legales e
internacionales) a la protección laboral de trabajadores migrantes; comparar dichos
estándares con percepciones y experiencias reportadas por trabajadores migratorios
respecto de acceso a información, trato laboral y canales de denuncia; y determinar
los factores institucionales y sociolaborales que contribuyen a la persistencia de la
brecha de implementación (Jerez & Mera, 2024; Asamblea Nacional del Ecuador,
2017; Naciones Unidas, 1990).
Finalmente, la contribución esperada reside en ofrecer una lectura original, situada y
útil tanto para la academia como para la práctica pública: por un lado, al integrar un
análisis doctrinal del marco de derechos con evidencia empírica de campo que ilustra
cómo se experimenta la protección (o su ausencia) en el trabajo; y, por otro, al vincular
el debate sobre integración laboral con el problema jurídico de la exigibilidad efectiva.
En otras palabras, se busca cerrar una brecha identificada por la literatura regional —
el tránsito desde leyes progresivas a políticas y prácticas consistentes— con énfasis
en Ecuador (Fernández-Rodríguez & Freier, 2024), aportando una base
argumentativa y metodológica para fortalecer información, inspección, denuncia y
reparación en clave de derechos, evitando que la protección quede reducida a una
promesa normativa (OIT, 2010; Jerez & Mera, 2024).
2. Materiales y métodos
La metodología del estudio se estructuró desde un enfoque mixto con integración
complementaria de evidencia cuantitativa y cualitativa, coherente con el carácter
sociojurídico del problema y con la necesidad de contrastar el “deber ser” normativo
con la experiencia práctica de protección laboral en población migrante (Jerez & Mera,
2024). En términos operativos, el componente cuantitativo permitió medir
percepciones mediante escala tipo Likert, mientras que el cualitativo aportó
profundidad interpretativa sobre obstáculos, prácticas institucionales y vivencias
laborales; ambos componentes se articularon con una revisión documental normativa
y jurisprudencial para sostener el análisis de brechas (Creswell & Plano Clark, 2017).
Se trabajó con un esquema no experimental y de corte transversal, ya que los datos
se levantaron en un solo momento sin manipulación de variables, privilegiando la
observación de percepciones y condiciones reportadas (Jerez & Mera, 2024).
Asimismo, el estudio se concibió como exploratorio–descriptivo, incorporando un
componente explicativo al interpretar relaciones plausibles entre vulnerabilidad,
desempeño institucional y resultados percibidos de protección (Jerez & Mera, 2024).
Esta combinación resulta adecuada cuando el fenómeno presenta alta complejidad
social y legal y se requiere, a la vez, caracterizar y comprender factores asociados
(Moreno-Sacón & García-Segarra, 2025; Cueva-Vera et al., 2025; Barzola-Plúas,
2022).
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Artículo Científico
Respecto del tipo y método, la investigación se orientó a un propósito aplicado, en
tanto busca producir hallazgos útiles para fortalecer mecanismos de implementación
y tutela de derechos; metodológicamente se consideró un método científico apoyado
en un razonamiento analítico que contrasta evidencia empírica con el marco normativo
y de derechos humanos (Jerez & Mera, 2024). En coherencia con ello, la estrategia
de integración de métodos se alinea con principios de diseño mixto que recomiendan
articular datos, análisis y meta-inferencias para explicar fenómenos “multicapa”
(Fetters et al., 2013).
Tabla 1
Operacionalización de variables y fuentes de verificación
Variable/constructo
Dimensiones
Indicadores
observables
Técnica e
instrumento
Fuente de
verificación
Aplicación efectiva de
derechos humanos en
protección laboral
migratoria
Marco normativo
y exigibilidad
Existencia de
normas;
claridad/coherencia
interpretativa;
mecanismos de
tutela; respuesta
institucional percibida
Revisión
documental (matriz
normativa) +
Encuesta (ítems
sobre protección y
respuesta
institucional) +
Entrevista
Constitución, ley
migratoria,
instrumentos
internacionales;
percepciones y
testimonios
Vulneración y
explotación laboral
hacia trabajadores
migratorios
Condiciones y
discriminación
Trato justo/injusto;
abusos laborales;
discriminación; falta
de servicios/soporte;
justicia percibida
Encuesta (ítems
sobre trato, justicia,
apoyo) + Entrevista
semiestructurada
Reportes de
encuestas;
relatos
cualitativos;
documentación
de
casos/criterios
Factores asociados a
la brecha norma
práctica
Socioeconómicos
y culturales
Influencia
socioeconómica;
barreras culturales;
motivación hacia
migración irregular
ante desprotección
Encuesta (ítems de
factores y
consecuencias) +
Entrevista
Resultados
descriptivos;
categorías
temáticas
emergentes
Nota: (Jerez & Mera, 2024)
La operacionalización de variables se organizó conectando el marco conceptual de la
tesis (aplicación de derechos humanos y vulneración/explotación) con indicadores
empíricos medibles mediante encuesta, entrevistas y revisión documental. La Tabla 1
replica y mejora la matriz original del documento, explicitando dimensiones e
indicadores y vinculándolos a las fuentes e instrumentos efectivamente usados, de
modo que la medición sea trazable y replicable (Jerez & Mera, 2024).
La población se delimitó como trabajadores migratorios en Ecuador, entendidos como
personas migrantes vinculadas a actividades remuneradas en el país de acogida, con
independencia de su condición administrativa, dado que la brecha de protección suele
manifestarse precisamente cuando existen barreras de acceso a derechos y a justicia
(Jerez & Mera, 2024). A partir de esa delimitación, el manuscrito define dos
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Artículo Científico
componentes empíricos: (a) el cuantitativo, basado en encuestas a trabajadores
migrantes; y (b) el cualitativo, mediante entrevistas a participantes clave para
comprender experiencias y criterios sobre efectividad institucional (Jerez & Mera,
2024). Esta definición de unidad de análisis fue consistente con el objetivo de
comparar normativa y práctica desde la vivencia laboral (Barahona-Martinez et al.,
2024; Arcos-Chaparro & Epia-Silva, 2024).
En relación con la muestra, se empleó un muestreo no probabilístico por conveniencia,
justificándolo en la accesibilidad y disponibilidad de participantes, y en las limitaciones
habituales para conformar marcos muestrales completos en poblaciones migrantes
laboralmente móviles (Jerez & Mera, 2024). Concretamente, el estudio consideró 15
trabajadores migratorios encuestados y 3 entrevistas (Jerez & Mera, 2024). Este
criterio es metodológicamente defendible en estudios exploratorios, donde la prioridad
es obtener evidencia inicial y patrones de percepción, aunque reconociendo su
limitación para inferencia estadística poblacional (Etikan et al., 2016).
Para clarificar la arquitectura del diseño, la Tabla 2 sintetiza los principales
componentes metodológicos, conectando enfoque, alcance, técnicas e instrumentos.
Esta síntesis permite ver cómo cada decisión responde a la finalidad de identificar
brechas de implementación de derechos en el campo laboral migrante (Jerez & Mera,
2024).
Tabla 2
Síntesis del diseño metodológico del estudio
Elemento
Especificación adoptada
Aplicación en el estudio
Enfoque
Mixto (cuantitativo +
cualitativo)
Encuesta Likert y entrevistas; triangulación
con revisión documental
Diseño
No experimental,
transversal
Levantamiento en un único momento; sin
manipulación de variables
Alcance
Exploratoriodescriptivo con
lectura explicativa
Caracterización de percepciones y análisis
de factores asociados
Método
Sociojurídico con contraste
normapráctica
Revisión normativa/jurisprudencial +
evidencia empírica
Población
Trabajadores migratorios en
Ecuador
Unidad de análisis centrada en experiencia
laboral migrante
Muestra
15 encuestas; 3 entrevistas
Conveniencia; participación voluntaria y
anónima
Elemento
Especificación adoptada
Aplicación en el estudio
Enfoque
Mixto (cuantitativo +
cualitativo)
Encuesta Likert y entrevistas; triangulación
con revisión documental
Ténicas
Revisión documental,
encuesta, entrevista
Matriz de análisis; cuestionario; guía
semiestructurada
Procesamiento
Organización y análisis en
Excel + análisis cualitativo
Estadística descriptiva; categorización
temática e interpretación
Nota: diseño metodológico adoptado para el estudio.
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Artículo Científico
En lo referente a la técnica y el instrumento cuantitativo, se utilizó una encuesta
estructurada con 12 ítems tipo Likert, con opciones desde “totalmente en desacuerdo”
hasta “totalmente de acuerdo”, orientada a captar percepciones sobre trato laboral,
protección legal, conocimiento de derechos, respuesta institucional, justicia, apoyo
institucional y factores contextuales, incluyendo la migración irregular como
consecuencia percibida (Jerez & Mera, 2024). Dado que el análisis de escalas Likert
exige cautela interpretativa por su naturaleza ordinal, se priorizó el uso de frecuencias
y porcentajes para describir patrones de respuesta, evitando sobre-inferencias con
muestras pequeñas (Sullivan & Artino, 2013).
El componente cualitativo se ejecutó mediante entrevistas semiestructuradas
orientadas a explorar obstáculos para ejercer derechos, suficiencia de políticas,
cambios recientes, respuesta de autoridades, rol de ONG y efectos de discriminación,
entre otros tópicos (Jerez & Mera, 2024). Para el análisis cualitativo, resulta
consistente emplear una estrategia de análisis temático, útil para identificar patrones
de sentido en testimonios y conectar hallazgos con categorías jurídicas e
institucionales (Braun & Clarke, 2006).
En cuanto a validaciones, se reporta la verificación de consistencia interna del
cuestionario mediante alfa de Cronbach, obteniendo un valor de α = 0.845,
interpretado como evidencia adecuada de fiabilidad para el conjunto de ítems
empleados (Jerez & Mera, 2024). Este coeficiente es un estándar clásico para evaluar
consistencia interna de escalas, especialmente cuando se busca comprobar
coherencia entre reactivos que apuntan a un constructo común (Cronbach, 1951). En
el plano ético, se trabajó con participación voluntaria y documentos de consentimiento
incluidos en anexos de la tesis; para el artículo se preserva la confidencialidad,
evitando cualquier dato identificable de participantes y garantizando el uso académico
de la información (Jerez & Mera, 2024), en línea con principios éticos ampliamente
aceptados para investigación con personas (World Medical Association, 2013).
3. Resultados
Los resultados que se presentan a continuación corresponden exclusivamente al
componente cuantitativo de la investigación (encuesta con escala Likert aplicada a 15
trabajadores migratorios), con el propósito de evidenciar patrones de percepción
respecto de trato laboral, conocimiento de derechos, respuesta institucional y factores
asociados a la brecha entre normativa y práctica en Ecuador (Jerez & Mera, 2024).
En coherencia con el alcance descriptivo del estudio, se reportan frecuencias (n) y
porcentajes (%) por categoría de respuesta, cuidando que las conclusiones se
formulen como tendencias observadas en la muestra y no como inferencias
poblacionales.
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Artículo Científico
Tabla 1
Distribución de respuestas a: He sido tratado de manera justa por mis empleadores
en el país de acogida.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
4
26.7
En desacuerdo
3
20.0
Neutral
2
13.3
De acuerdo
4
26.7
Totalmente de acuerdo
2
13.3
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
La percepción de trato justo exhibe una distribución relativamente dividida: un 46,7%
se ubica en desacuerdo (n=7) frente a un 40,0% en acuerdo (n=6), con un 13,3%
neutral (n=2) (Jerez & Mera, 2024). Este patrón sugiere heterogeneidad en las
experiencias laborales: mientras una parte relevante reporta justicia en el trato, otra
proporción comparable percibe lo contrario, lo que resulta consistente con escenarios
de inserción ocupacional desigual y potencialmente segmentada para población
migrante.
Tabla 2
Distribución de respuestas a: Los derechos laborales de los trabajadores migratorios
están adecuadamente protegidos por la ley en mi país de acogida.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
3
20.0
En desacuerdo
5
33.3
Neutral
4
26.7
De acuerdo
2
13.3
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
la valoración sobre protección legal adecuada se inclina hacia una lectura crítica: el
53,3% expresa desacuerdo (n=8), mientras solo el 20,0% manifiesta acuerdo (n=3) y
un 26,7% permanece neutral (n=4) (Jerez & Mera, 2024). En términos interpretativos,
esta configuración sugiere que, incluso existiendo un marco normativo de protección,
su reconocimiento como “adecuado” no es dominante en la muestra, lo que anticipa
una brecha de legitimidad percibida entre norma y experiencia.
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Artículo Científico
Tabla 3
Distribución de respuestas a: Conozco mis derechos laborales en el país en el que
trabajo.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
2
13.3
En desacuerdo
3
20.0
Neutral
3
20.0
De acuerdo
5
33.3
Totalmente de acuerdo
2
13.3
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
El conocimiento declarado de derechos laborales presenta un balance más favorable:
el 46,7% se ubica en acuerdo (n=7), frente a un 33,3% en desacuerdo (n=5), con un
20,0% neutral (n=3) (Jerez & Mera, 2024). Este resultado sugiere que una fracción
significativa considera conocer sus derechos; sin embargo, ese conocimiento no
necesariamente se traduce en protección efectiva, especialmente cuando persisten
barreras institucionales, informacionales o procedimentales.
Tabla 4
Distribución de respuestas a: Conozco mis derechos laborales en el país en el que
trabajo.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
4
26.7
En desacuerdo
5
33.3
Neutral
3
20.0
De acuerdo
2
13.3
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
Cuando la pregunta se desplaza del “conocer” al “recibir información suficiente para
defender derechos”, el patrón se vuelve marcadamente desfavorable: 60,0% en
desacuerdo (n=9), 20,0% neutral (n=3) y apenas 20,0% en acuerdo (n=3) (Jerez &
Mera, 2024). Este contraste (Tabla 3 vs. Tabla 4) resulta clave para el argumento del
manuscrito: puede existir conocimiento general, pero persistir déficit de orientación
práctica y de rutas claras de exigibilidad, reforzando la brecha entre reconocimiento
formal y ejercicio real.
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Tabla 5
Distribución de respuestas a: Me siento seguro utilizando la legítima defensa en
situaciones de abuso o agresión laboral.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
5
33.3
En desacuerdo
4
26.7
Neutral
2
13.3
De acuerdo
3
20.0
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
la percepción de seguridad para recurrir a la legítima defensa ante abuso laboral
también se inclina al desacuerdo: 60,0% (n=9) frente a 26,7% en acuerdo (n=4) y
13,3% neutral (n=2) (Jerez & Mera, 2024). En términos sustantivos, este resultado
sugiere que la autoprotección frente a agresión o abuso se percibe como riesgosa o
poco viable, lo cual puede estar asociado a temor a represalias, incertidumbre jurídica
o desconfianza en que el sistema respalde al trabajador migrante.
Tabla 6
Distribución de respuestas a: Las autoridades en mi país de acogida responden
adecuadamente a las denuncias de abuso laboral.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
4
26.7
En desacuerdo
6
40.0
Neutral
2
13.3
De acuerdo
2
13.3
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
La evaluación de la respuesta de autoridades ante denuncias de abuso laboral
concentra el mayor desacuerdo de toda la batería: 66,7% (n=10), con 13,3% neutral
(n=2) y apenas 20,0% en acuerdo (n=3) (Jerez & Mera, 2024). Este hallazgo es central
para la tesis de “brecha”: no basta la consagración normativa si, en la práctica, la
respuesta institucional se percibe insuficiente, tardía o ineficaz, debilitando incentivos
para denunciar y reproduciendo vulnerabilidad.
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Tabla 7
Distribución de respuestas a: Considero que la protección legal para los trabajadores
migratorios es efectiva en mi país de acogida.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
4
26.7
En desacuerdo
5
33.3
Neutral
3
20.0
De acuerdo
2
13.3
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
La percepción sobre la efectividad de la protección legal resulta predominantemente
negativa: 60,0% en desacuerdo (n=9), 20,0% neutral (n=3) y 20,0% en acuerdo (n=3)
(Jerez & Mera, 2024). Es decir, aun cuando se reconozca la existencia de normas, la
efectividad práctica entendida como capacidad de prevenir, corregir y reparar no es
percibida como una realidad consolidada por la mayoría de encuestados.
Tabla 8
Distribución de respuestas a: Las decisiones judiciales en mi país de acogida suelen
ser justas para los trabajadores migratorios.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
3
20.0
En desacuerdo
6
40.0
Neutral
3
20.0
De acuerdo
2
13.3
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
La percepción sobre justicia de decisiones judiciales reproduce un patrón de
desconfianza: 60,0% de desacuerdo (n=9), 20,0% neutral (n=3) y 20,0% de acuerdo
(n=3) (Jerez & Mera, 2024). Esto sugiere que la brecha no se limita a instancias
administrativas o de primera respuesta, sino que alcanza la expectativa de
imparcialidad y justicia en la función jurisdiccional, lo cual puede operar como barrera
adicional para la judicialización de conflictos laborales.
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Artículo Científico
Tabla 9
Distribución de respuestas a: Me siento apoyado por las instituciones de mi país de
acogida en caso de enfrentar situaciones de abuso laboral.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
4
26.7
En desacuerdo
5
33.3
Neutral
3
20.0
De acuerdo
2
13.3
Totalmente de acuerdo
1
6.7
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
En correspondencia con las valoraciones previas, el apoyo institucional percibido en
situaciones de abuso laboral también aparece debilitado: 60,0% en desacuerdo (n=9),
20,0% neutral (n=3) y 20,0% en acuerdo (n=3) (Jerez & Mera, 2024). Tomadas en
conjunto, las Tablas 6 a 9 describen un núcleo consistente de resultados: la principal
fragilidad se localiza en el eslabón institucional que debería convertir derechos
formales en respuestas concretas.
Tabla 10
Distribución de respuestas a: La falta de protección adecuada de mis derechos
laborales me motiva a considerar la migración irregular.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
3
20.0
En desacuerdo
4
26.7
Neutral
3
20.0
De acuerdo
3
20.0
Totalmente de acuerdo
2
13.3
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
La asociación entre desprotección laboral y motivación a considerar migración
irregular no es unánime, pero sí significativa: 33,3% en acuerdo (n=5), 20,0% neutral
(n=3) y 46,7% en desacuerdo (n=7) (Jerez & Mera, 2024). Este patrón sugiere que,
para un segmento no menor, la percepción de desprotección puede convertirse en un
factor de presión hacia estrategias de movilidad o permanencia no regular; al mismo
tiempo, la proporción en desacuerdo indica que existen otros determinantes
(económicos, familiares o de seguridad) que también podrían incidir en tal decisión.
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Artículo Científico
Tabla 11
Distribución de respuestas a: Considero que los factores socioeconómicos influyen en
la protección de mis derechos laborales.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
2
13.3
En desacuerdo
3
20.0
Neutral
4
26.7
De acuerdo
4
26.7
Totalmente de acuerdo
2
13.3
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
En cuanto a los factores socioeconómicos, se observa una tendencia moderada hacia
el acuerdo: 40,0% (n=6) está de acuerdo, 26,7% es neutral (n=4) y 33,3% está en
desacuerdo (n=5) (Jerez & Mera, 2024). Este resultado es metodológicamente
interesante porque señala que parte de la muestra identifica condiciones materiales
(ingreso, necesidad, acceso a empleo formal, redes) como elementos que condicionan
la protección efectiva, reforzando la idea de que la brecha no es solo jurídica, sino
también estructural.
Tabla 12
Distribución de respuestas a: Creo que los factores culturales afectan la aplicación de
la legítima defensa en situaciones laborales.
Respuesta
n
%
Totalmente en desacuerdo
1
6.7
En desacuerdo
3
20.0
Neutral
3
20.0
De acuerdo
6
40.0
Totalmente de acuerdo
2
13.3
Total
15
100.0
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
Finalmente, el ítem sobre factores culturales presenta la mayor proporción de acuerdo
de toda la encuesta: 53,3% (n=8) frente a 26,7% en desacuerdo (n=4) y 20,0% neutral
(n=3) (Jerez & Mera, 2024). Este hallazgo complementa la Tabla 5 (seguridad para
legítima defensa), ya que sugiere que la percepción de riesgo o inhibición para
defenderse podría estar mediada por normas sociales, estigmas o expectativas
culturales sobre autoridad, conflicto y legitimidad del reclamo en el espacio laboral.
Revista Científica Ciencia y Método | Vol.04 | Núm.01 | EneMar | 2026 | www.revistacym.com pág. 28
Artículo Científico
Tabla 13
Agregado de resultados por ítem
N.
Enunciado abreviado
Desacuerdo n (%)
Neutral n (%)
Acuerdo n (%)
1
He sido tratado de manera justa por mis
empleadores en el país de acogida.
7 (46.7)
2 (13.3)
6 (40.0)
2
Los derechos laborales de los trabajadores
migratorios están adecuadamente
protegidos por la ley en mi país de acogida.
8 (53.3)
4 (26.7)
3 (20.0)
3
Conozco mis derechos laborales en el país
en el que trabajo.
5 (33.3)
3 (20.0)
7 (46.7)
4
He recibido suficiente información sobre
cómo defender mis derechos laborales.
9 (60.0)
3 (20.0)
3 (20.0)
5
Me siento seguro utilizando la legítima
defensa en situaciones de abuso o agresión
laboral.
9 (60.0)
2 (13.3)
4 (26.7)
6
Las autoridades en mi país de acogida
responden adecuadamente a las denuncias
de abuso laboral.
10 (66.7)
2 (13.3)
3 (20.0)
7
Considero que la protección legal para los
trabajadores migratorios es efectiva en mi
país de acogida.
9 (60.0)
3 (20.0)
3 (20.0)
8
Las decisiones judiciales en mi país de
acogida suelen ser justas para los
trabajadores migratorios.
9 (60.0)
3 (20.0)
3 (20.0)
9
Me siento apoyado por las instituciones de
mi país de acogida en caso de enfrentar
situaciones de abuso laboral.
9 (60.0)
3 (20.0)
3 (20.0)
10
La falta de protección adecuada de mis
derechos laborales me motiva a considerar
la migración irregular.
7 (46.7)
3 (20.0)
5 (33.3)
11
Considero que los factores
socioeconómicos influyen en la protección
de mis derechos laborales.
5 (33.3)
4 (26.7)
6 (40.0)
12
Creo que los factores culturales afectan la
aplicación de la legítima defensa en
situaciones laborales.
4 (26.7)
3 (20.0)
8 (53.3)
Nota: datos obtenidos mediante la aplicación de la encuesta. (Jerez & Mera, 2024)
El conjunto de resultados evidencia un patrón convergente: mientras el conocimiento
declarado de derechos (Ítem 3) alcanza el mayor acuerdo relativo dentro del eje
“derechos” (46,7%), los ítems que evalúan implementación y respuesta institucional
concentran los niveles más altos de desacuerdo (Ítems 4, 6, 7, 8 y 9 con 60,0%–66,7%
de desacuerdo) (Jerez & Mera, 2024). En otras palabras, la brecha se expresa menos
como ausencia de “ideas” sobre derechos y más como una percepción persistente de
baja eficacia práctica: insuficiente información para defenderlos, limitada respuesta
ante denuncias, y escaso apoyo institucional y judicial. Al mismo tiempo, la fuerza del
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Artículo Científico
acuerdo en el componente cultural (Ítem 12) y el acuerdo moderado en el
socioeconómico (Ítem 11) sugiere que la protección no depende únicamente del texto
legal, sino de condiciones estructurales y marcos socioculturales que inciden en la
denuncia, el acceso a mecanismos y la posibilidad real de reparación; este entramado
refuerza la necesidad de analizar la protección como cadena de implementación y no
solo como arquitectura normativa (Jerez & Mera, 2024).
4. Discusión
Los resultados cuantitativos confirman que la brecha entre un marco normativo
formalmente protector y su traducción práctica se expresa, ante todo, como déficit de
efectividad institucional percibida. En la encuesta, la mayoría se ubica en desacuerdo
respecto a que las autoridades respondan adecuadamente a denuncias de abuso
laboral (66,7%) y a que la protección legal sea efectiva (60,0%), patrón que sostiene
la tesis de que la garantía de derechos no depende solo del texto jurídico, sino de la
capacidad operativa de los dispositivos de tutela (Jerez & Mera, 2024). Esta lectura
es consistente con un enfoque basado en derechos para la migración laboral, que
subraya que la protección se materializa cuando existen mecanismos accesibles de
inspección, denuncia, reparación y no discriminación, y cuando el Estado reduce
barreras prácticas de acceso a dichos mecanismos (OIT, 2010).
En segundo lugar, se identifica un contraste analíticamente relevante entre “saber” y
“poder ejercer” derechos: aunque una proporción importante declara conocer sus
derechos laborales (46,7% de acuerdo), la mayoría afirma no haber recibido
información suficiente para defenderlos (60,0% de desacuerdo) (Jerez & Mera, 2024).
Esta divergencia sugiere que el conocimiento percibido puede ser general o intuitivo,
mientras que la información procedimental (rutas institucionales, requisitos, tiempos,
instancias competentes) permanece insuficiente, debilitando la exigibilidad. En
términos comparados, la literatura sobre inserción laboral migrante en Ecuador
muestra que barreras administrativas y de formalización limitan oportunidades y
pueden empujar a trayectorias laborales más precarias, donde la denuncia se vuelve
costosa o riesgosa (Olivieri et al., 2021; Díaz-Sánchez & Correa, 2024). Así, el
hallazgo no solo describe carencias informativas, sino un problema de gobernanza de
implementación.
En tercer lugar, la distribución dividida sobre trato justo por parte de empleadores
(46,7% en desacuerdo vs. 40,0% en acuerdo) evidencia que la experiencia laboral
migrante no es homogénea, sino segmentada por ocupación, informalidad, redes y
poder de negociación (Jerez & Mera, 2024). Esta variabilidad coincide con evidencia
de que la población migrante puede insertarse en nichos con diferentes grados de
formalidad y protección, y que la desigualdad se intensifica cuando los mercados
laborales absorben trabajadores en condiciones de vulnerabilidad contractual y
salarial (Olivieri et al., 2021). En consecuencia, el manuscrito aporta un matiz: la
brecha norma–práctica no se manifiesta como un “bloque” uniforme de vulneración,
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Artículo Científico
sino como un continuo de situaciones donde, aun cuando algunos reportan trato justo,
el componente institucional aparece como el punto más frágil y menos confiable.
En cuarto lugar, los hallazgos sobre legítima defensa y mediación cultural aportan una
clave interpretativa para comprender por qué la exigibilidad se debilita incluso cuando
existen normas: la mayoría no se siente segura al usar legítima defensa frente a abuso
laboral (60,0% en desacuerdo) y, simultáneamente, más de la mitad considera que
factores culturales afectan esa aplicación (53,3% de acuerdo) (Jerez & Mera, 2024).
En el contexto ecuatoriano, la estigmatización y los discursos de inseguridad
vinculados a ciertos flujos migratorios pueden erosionar el clima social de protección
y generar autocensura o temor a represalias, con consecuencias indirectas sobre
oportunidades laborales y disposición a denunciar (Célleri, 2023). Por tanto, la brecha
no es únicamente institucional; también es sociocultural, y opera sobre expectativas
de trato, credibilidad de la víctima y costos simbólicos del reclamo (Samaniego-
Quiguiri et al., 2023; Núñez-Ribadeneyra, 2023; Mendoza-Armijos et al., 2023).
En quinto lugar, la asociación entre desprotección y consideración de migración
irregular (33,3% de acuerdo; 46,7% de desacuerdo) sugiere una relación plausible
pero no lineal: para una fracción relevante, la falta de protección laboral puede actuar
como factor de presión hacia estrategias irregulares; sin embargo, para otra fracción,
la decisión parece depender de otros determinantes (Jerez & Mera, 2024). Este
resultado es coherente con la literatura que advierte que las trayectorias migratorias y
laborales responden a combinaciones de factores económicos, institucionales y de
riesgo, no a una sola variable. Aun así, el dato es importante porque anticipa que la
debilidad en protección efectiva puede producir externalidades sociales y económicas,
incluyendo precarización persistente y afectaciones al bienestar; de hecho, el empleo
informal y precario se ha vinculado con peores resultados de salud autopercibida y
con impactos en salud mental en la región, lo que amplifica los costos de no cerrar la
brecha de implementación (Utzet et al., 2021; Merino-Salazar et al., 2023).
Los resultados deben interpretarse considerando limitaciones metodológicas que no
invalidan el aporte, pero delimitan su alcance: la muestra es pequeña (n=15) y no
probabilística, por lo que los porcentajes describen tendencias de la muestra y no
estimaciones representativas; aun así, la consistencia interna del instrumento
reportada en la tesis (α=0,845) respalda la coherencia de medición (Jerez & Mera,
2024; Cronbach, 1951). A pesar de ello, el patrón convergente —desconfianza
institucional, déficit de información para defender derechos, y peso de factores
socioeconómicos y culturales— contribuye de manera original a precisar el “dónde”
de la brecha: menos en la existencia formal de derechos y más en su implementación,
especialmente en canales de denuncia, respuesta y apoyo. En adelante, la agenda de
investigación puede fortalecer este aporte ampliando muestras, comparando
territorios y sectores ocupacionales, e incorporando métricas de acceso efectivo
(tiempos de respuesta, resultados de denuncias, barreras administrativas), para
traducir el diagnóstico en mejoras verificables de política y práctica, tal como
Revista Científica Ciencia y Método | Vol.04 | Núm.01 | EneMar | 2026 | www.revistacym.com pág. 31
Artículo Científico
recomienda la perspectiva regional de migración laboral basada en derechos (OIT,
2023; Cabrera-Cevallos et al., 2025; Jaramillo-Quezada et al., 2025).
5. Conclusiones
Los resultados de la encuesta muestran que la distancia se expresa principalmente
en la efectividad percibida de la respuesta institucional. De manera consistente, la
mayoría de participantes manifestó desacuerdo respecto a que las autoridades
respondan adecuadamente a denuncias de abuso laboral (66,7%) y a que la
protección legal sea efectiva (60,0%), lo que evidencia que la existencia de garantías
formales no se traduce, para una proporción importante de la muestra, en mecanismos
de tutela accesibles y confiables. En consecuencia, la brecha no se reduce a “falta de
ley”, sino a debilidades de implementación y acompañamiento institucional.
Los datos revelan un contraste crítico entre el reconocimiento de derechos y la
capacidad práctica de ejercerlos. Aunque casi la mitad reporta conocer sus derechos
laborales (46,7% de acuerdo), la mayoría afirma no haber recibido información
suficiente para defenderlos (60,0% de desacuerdo), lo que sugiere fallas en difusión
procedimental, orientación y rutas claras de exigibilidad. Asimismo, el trato laboral
reportado aparece segmentado (46,7% en desacuerdo vs. 40,0% en acuerdo),
indicando experiencias heterogéneas que pueden depender de condiciones de
empleo, informalidad y poder de negociación, sin que ello reduzca el patrón dominante
de desconfianza hacia la protección efectiva.
los resultados sostienen que la problemática se configura por una interacción entre
factores institucionales, socioeconómicos y culturales. Más de la mitad considera que
los factores culturales afectan la aplicación de la legítima defensa en contextos
laborales (53,3% de acuerdo), y una proporción relevante identifica influencia de
factores socioeconómicos en la protección de derechos (40,0% de acuerdo), lo que
sugiere que la brecha no es solo jurídico-administrativa, sino también estructural y
simbólica. En suma, la evidencia cuantitativa respalda que cerrar la brecha exige
fortalecer información práctica y acompañamiento, mejorar respuesta institucional
ante denuncias y abordar condiciones de vulnerabilidad que inhiben el ejercicio real
de derechos.
CONFLICTO DE INTERESES
“Los autores declaran no tener ningún conflicto de intereses”.
Revista Científica Ciencia y Método | Vol.04 | Núm.01 | EneMar | 2026 | www.revistacym.com pág. 32
Artículo Científico
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